Skip Navigation LinksInicio > ¿Que es el PJBC?

El Estado se divide, para su ejercicio, en tres poderes: el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, los cuales actúan separada y libremente, pero cooperando en forma armónica a la realización de los fines del Estado.

Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por Tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las Leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.

El Poder Judicial es el encargado de administrar la justicia en una sociedad, mediante la aplicación de las normas jurídicas en la resolución de conflictos. Es autónomo e independiente en sus decisiones.

En base a lo dispuesto por el artículo 57 de la Constitución Política del Estado de Baja California, el Poder Judicial en el Estado se ejerce por el Tribunal Superior de Justicia, Tribunal de Justicia Electoral, Juzgados de Primera Instancia, Juzgados de Paz y Jurados. Además, cuenta con un Consejo de la Judicatura, el cual ejerce funciones de vigilancia, disciplina, supervisión y administración.


Misión

Impartir justicia basando nuestro actuar en el profesionalismo, la eficiencia, la honestidad y el humanismo con el fin de contribuir a la solución de conflictos y a la consolidación del Estado de Derecho.


Principios y Valores

Los principios y valores que rigen la actuación del Poder Judicial son los siguientes:

Honradez

Profesionalismo

Eficiencia

Compromiso

Transparencia

Institucionalidad

Autonomía

Responsabilidad

Equidad


Visión

Ser una Institución de Impartición de Justicia reconocida por desarrollar su labor con excelencia.

Organización

El Poder Judicial del Estado de Baja California para atender la creciente demanda en el servicio de impartición de justicia cuenta con Órganos Jurisdiccionales, Órganos Administrativos y Presidencia


Órganos Jurisdiccionales

• El Tribunal Superior de Justicia, actuando en Pleno o en Salas;
• Los Juzgados de Primera Instancia en Materia Civil;
• Los Juzgados de primera Instancia en Materia Familiar;
• Los Juzgados de Primera Instancia del Ramo Penal;
• Los Juzgados de Primera Instancia de Jurisdicción Mixta.
• Los Juzgados de Primera Instancia Especializados para Adolescentes.
• Los Juzgados de Paz
• Tribunal de Justicia Electoral, actuando en Pleno o en Salas

Los órganos del Poder Judicial del Estado, funcionan de modo permanente e ininterrumpido durante cada año de actividades.


Auxiliares De La Administración De Justicia

• La Dirección de Prevención y Readaptación Social del Gobierno del Estado.
• Las Oficialías del Registro Civil.
• Los peritos médicos legistas.
• Los intérpretes oficiales y demás peritos en los ramos que se les encomienden.
• Los síndicos e interventores de concursos y quiebras.
• Los albaceas e interventores de sucesiones, los tutores, curadores y notarios, en las funciones que les encomienda el Código de Procedimientos Civiles.
• Los depositarios e interventores.
• Los Presidentes municipales, los delegados municipales, los jefes y agentes de los cuerpos policiacos del Estado y Municipales.

Todos los demás a quienes las leyes les confieran este cargo.


Órganos Administrativos

• Consejo de la Judicatura

La Administración, Vigilancia, Disciplina y Carrera Judicial del Poder Judicial del Estado, está a cargo del Consejo de la Judicatura, en los términos que establece la Constitución Política del Estado y La ley Orgánica del Poder Judicial y vela, en todo momento, por la autonomía de los Órganos de la institución y por la independencia e imparcialidad de los miembros de éste último.


Órganos Auxiliares Del Consejo De La Judicatura

Para su adecuado funcionamiento, el Consejo de la Judicatura del Estado cuenta cuando menos con las siguientes unidades administrativas:

• El Instituto de la Judicatura;
• El Archivo Judicial y de Notarios;
• El Boletín Judicial;
• La Contraloría;
• La Oficialía de Partes;
• El Centro Estatal de Justicia Alternativa, y
• El Administrador Judicial.


Los Partidos Judiciales

El Estado, para los efectos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Baja California, se divide en los siguientes partidos judiciales:

En el de Mexicali, con la comprensión política administrativa del Municipio de ese nombre.

El de Tijuana, con la comprensión política administrativa del Municipio de ese nombre.

El de Ensenada, con la comprensión política administrativa del Municipio de ese nombre.

El de Tecate, con la comprensión política administrativa del Municipio de ese nombre.

El de Playas de Rosarito, con la comprensión política administrativa del Municipio de ese nombre.

Contacto

Calz. Independencia & Av. Pioneros S/N Centro Cívico Mexicali, Baja California C.P. 21000 (686) 900-9099 Ext.0 contacto@pjbc.gob.mx

www.pjbc.gob.mx